¿Eres socio minoritario de una empresa? ¡Estás de enhorabuena!. El nuevo artículo 348 bis de la Ley de Sociedades de Capital, establece el derecho de separación del socio que hubiera votado a favor del reparto de beneficios, a partir del quinto ejercicio desde la inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil, cuando la Junta […]
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