El Ministerio de Hacienda tiene previsto emitir una orden cuyo contenido principal es la modificación de las fechas de presentación de la declaración anual de todas las operaciones con terceras personas superiores a 3.005,06 € (modelo 347).

Objetivos

Esta declaración tiene como principal finalidad controlar el fraude fiscal a través del cruce de los datos aportados por proveedor y cliente, siendo, hasta ahora, el plazo de presentación hasta el 28 de febrero del año siguiente al que pertenecen las operaciones que han de ser informadas.

Según ha comunicado la propia Agencia tributaria, el principal objetivo de esta medida, es homogeneizar los plazos de presentación de las declaraciones informativas y mejorar la calidad de los datos fiscales.

A la espera de que se apruebe definitivamente este proyecto, la consecuencia más inmediata es la de añadir una nueva obligación a un periodo que ya de por sí contiene un gran número de autoliquidaciones y declaraciones informativas para sociedades y autónomos: las correspondientes al último trimestre del año y los resúmenes anuales de retenciones y de IVA.

Riesgos

Por otro lado, es necesario señalar que el modelo 347 implica un especial esfuerzo para pymes, autónomos y asesores fiscales, debido a la propia naturaleza de la información que se exige, la cual conlleva una exhaustiva labor de comprobación con clientes y proveedores, de cara a verificar que las cantidades que se van a declarar son correctas, y que va más allá de la llevanza de la contabilidad diaria.

Además, el adelanto del plazo de presentación del modelo 347, supone una reducción del periodo comprendido entre la fecha límite de presentación y la de cierre del ejercicio al que pertenecen las operaciones objeto de información, y por lo tanto, aumentan las posibilidades de que la información suministrada contenga errores o se presente omitiendo datos requeridos.

Obligaciones y exclusiones

Los principales afectados por esta situación van a ser pymes y autónomos, ya que las empresas acogidas al nuevo sistema SII  (Suministro Inmediato de Información), quedarán exoneradas de presentar el modelo 347.

Parece que la Agencia Tributaria en su objetivo legítimo de lucha contra el fraude fiscal ha puesto el foco en la pequeña y mediana empresa, muchas de las cuales no tiene la capacidad de contar con un departamento de administración interno. Por ello, los profesionales del sector recomiendan contar con un servicio de asesoría externo que pueda encargarse de llevar a cabo estos trámites.

Fernando CuevasLinkedin_circulo