logo-audalia-nexia-2017La Ley 39/2015, de 2 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas ha establecido, con la intención de impulsar la Administración electrónica en España, la obligación de relacionarse electrónicamente con la Administración. Dicha obligación hace referencia a los sujetos en el art. 14.2. que se detallan a continuación:

  • Personas jurídicas
  • Las entidades sin personalidad jurídica
  • Aquellos que realicen una actividad profesional que requiera colegiación obligatoria para trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional
  • Los representantes de un interesado obligado a relacionarse con las Administración de forma electrónica.

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Fuente: Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España