El pasado 06 de marzo, por fin vio la luz el XVII Convenio colectivo estatal de empresas de consultoría y estudios de mercado y de la opinión pública. El anterior llevaba en ultraactividad nada menos que desde el 01 de enero de 2010. De hecho, el texto recién publicado retrotrae sus efectos a aquella remota fecha, de modo que se eviten posibles lagunas jurídicas.

Entrada en vigor

El acuerdo se firmó por parte de los agentes sociales el 20 de diciembre del pasado año, pero hemos tenido que esperar a marzo del corriente para que sus cláusulas normativas y obligacionales entrasen en vigor. El nuevo texto ya prevé la ultraactividad automática a la finalización del ámbito temporal firmado, 31 de diciembre de 2019.

El nuevo convenio

Este convenio colectivo tiene gran relevancia por cuanto las empresas que se encuentran en su ámbito de aplicación han crecido y diversificado sus productos a lo largo de estos últimos años. Compañías dedicadas a las tecnologías de la información, Big Data, aplicaciones informáticas, así como el emergente campo de la robótica deben regularse por el convenio de consultoría. Estas empresas han desarrollado puestos de trabajo y nuevas formas de prestación de servicios que eran inimaginables cuando se firmó el anterior convenio. El nuevo texto permitirá la adaptación de la legislación convencional, que se encontraba obsoleta, a las nuevas relaciones laborales del sector las tecnologías de la información y comunicación, que conocemos por el acrónimo TIC.

Uno de los puntos más destacados del nuevo clausulado es la actualización de los salarios. Hace tiempo que las tablas salariales se encontraban congeladas, de modo que los profesionales de la gestión laboral tendremos un trabajo extra durante esta primavera. Está prevista una subida del 3% con efectos de octubre de 2017, otra del 2% para abril de 2018, y más del 2% para enero de 2019. Estos importes serán compensables en su conjunto y cómputo anual con las mejoras de cualquier tipo que vinieran anteriormente satisfaciendo las empresas. A excepción de los importes por antigüedad, cuyo cómputo se mantiene, y que no serán absorbibles en ningún caso.

Novedades

La gran novedad del nuevo convenio es el nuevo sistema de clasificación profesional. Se pasa de un sistema con seis grupos profesionales, en que se encontraban las categorías, a otro sistema segmentado en cuatro áreas de actividad y cinco grupos profesionales, divididos a su vez en niveles salariales en base a las funciones, aptitudes y experiencia. Las funciones quedan mejor definidas que en el anterior texto, de modo que facilitará su aplicación efectiva en los planes de carrera profesional. Se prevé un plazo de cuatro meses para el encuadramiento de las nuevas categorías profesionales.

Esperemos que a la finalización de la duración prevista en este nuevo convenio no tengamos que esperar otros ocho años para ver publicada la XVIII edición.

Óscar BenitoLinkedin_circulo