En una de mis películas favoritas, “El color del dinero”, 1986, Martin Scorsese, se produce un gran diálogo entre dos jugadores de billar.

En un billar iluminado, con luz tenue, humo de tabaco y lámparas bajas, juegan una partida de billar, modalidad “nine ball”, Eddie “Relámpago” Felson, contra un jugador de color interpretado por Forrest Whitaker.

En dicha partida, Forrest le pega una soberana paliza a Eddie, metiendo una bola tras otra, hablando de familia, de amistad, y de temas variopintos, mientras machaca al pobre Eddie, que pensaba que estaba jugando con un incauto al que iba a desplumar.

El jugador y tahúr profesional Eddie, se da cuenta de que ese hombre, no es un aficionado, sino su alter ego, un jugador…, y le pregunta un lapidario

-¿Eres jugador?…

En ese momento Eddie es consciente de que se la han jugado.

Así mismo, se deben sentir, aquellos que hayan leído la disposición transitoria quinta del Real Decreto Ley 3/2012 de 10 de febrero sobre medidas urgentes del mercado de trabajo, en la que se dice:

“El importe indemnizatorio resultante no podrá ser superior a 720 días de salario, salvo que el cálculo de la indemnización por el periodo anterior a la entrada en vigor de este real decreto-ley resultase un número de días superior, en cuyo caso se aplicará éste como importe indemnizatorio máximo sin que dicho importe pueda ser superior a 42 mensualidades, en ningún caso”

Es decir de esta disposición inferimos por lo tanto:

Que hay que hacer un cálculo tramado, desde la fecha de antigüedad reconocida, hasta la fecha previa a la entrada en vigor del Real Decreto, el  11 de febrero de 2012, en dicho cálculo se pueden producir dos situaciones:

Trabajadores con más de 16 años de antigüedad generados en dicho periodo en la empresa ,mantendrán el tope máximo actual de 42 mensualidades; aunque lógicamente deberían permanecer en la empresa una temporada más, para acceder a ese derecho.

Trabajadores con menos de 16 años de antigüedad en la empresa perderán el tope previo a la reforma y se les aplicará el tope máximo indemnizatorio de 720 días.

¿Eres jugador?…

* Borja Prieto es Gerente del Área de Asesoría Laboral