presentar cuentas

La Ley de Sociedades de Capital establece la obligación legal, por parte de las empresas, de depositar sus cuentas en el Registro Mercantil en un plazo máximo de un mes tras su aprobación. El incumplimiento de la misma acarrea una serie de sanciones.

Hasta la fecha los regímenes sancionadores no han sido lo efectivos que debieran, las cifras hablan por sí solas, pero probablemente la insolvencia de la administración ante las consecuencias de la pandemia ha forzado la detección exhaustiva de los incumplidores.

La novedad, que se espera entre en vigor a principios de año implica un nuevo cambio legal que agilizará el procedimiento. Te damos los detalles.

Empresas que incumplen la obligación de presentar las cuentas

La obligación impuesta por la Ley de Sociedades de Capital a las sociedades mercantiles parece no haberse tomado en serio. Quizá por desconocimiento, pero es aplicable tanto a las organizaciones que mantienen algún tipo de actividad como a las que están inactivas. El ICAC (Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas) incoa 150 expedientes anuales pero la realidad es que son más de dos millones las sociedades incumplidoras.

Qué soluciones se plantean

Según la información publicada por el diario La información, Nadia Calviño, Vicepresidenta de Asuntos Económicos, está trabajando en una reforma legal que mejore los recursos hasta ahora destinados al seguimiento y la sanción de los incumplidores. Los cambios podrían abarcar dos vertientes:

  • Reforzar al organismo que actualmente lleva a cabo esta tarea (ICAC).
  • Involucrar a nuevos actores tales como la Agencia Tributaria o el Colegio de Registradores Mercantiles. Estos últimos se encargarán de supervisar los incumplimientos así como de la incoación de los expedientes sancionadores.

El incremento de los recursos, junto con un reparto a los actores involucrados de parte de la recaudación que se obtuviera por estas sanciones, fomentará sin duda una mayor supervisión del incumplimiento de esta obligación.

¿Cuáles son las sanciones?

La Ley de Sociedades de Capital indica que el incumplimiento de la obligación legal de depositar las cuentas en el Registro Mercantil está penalizado con multas que van desde los 1.200 a los 60.000 euros en el caso de las pymes. Estas sanciones podrían alcanzar la cifra de 300.000 euros para aquellas sociedades cuya facturación sea superior a los seis millones de euros.

Con esta modificación Economía estima que la actividad sancionadora del ICAC se duplicará obteniendo una recaudación superior a 1,1 millones.

Conclusión

El objetivo de este post no es otro que dar a conocer la modificación que se está llevando a cabo y la importancia del cumplimiento de la obligación legal de depósito de las CCAA.

Con el reforzamiento de los recursos destinados al seguimiento y la sanción a los incumplidores, se espera que el volumen de empresas que incumplan esta obligación de información se reduzca considerablemente favoreciendo la transparencia de la información financiera, pero tampoco hay que olvidar que las empresas pueden verse obligadas a pagar cuantiosas sumas de dinero por incumplimientos que hasta ahora carecían de repercusiones prácticas.