A continuación detallamos las novedades para la Renta 2018 cuyo plazo de presentación comenzó el pasado 2 de abril y finalizará el 1 de julio (26 de junio para domiciliar el pago).

Prestaciones por maternidad

Se recogen, entre las exenciones, las prestaciones por maternidad, incluyendo también las de paternidad percibidas de la Seguridad Social, las prestaciones, para iguales situaciones, reconocidas a profesionales para mutualidades que actúen como alternativa a la Seguridad Social.

Esta modificación tiene efectos para 2018 y ejercicios anteriores no prescritos.

Aumento exención becas para cursar estudios

Se eleva el importe exento de las becas públicas y las concedidas por entidades beneficiarias del mecenazgo para cursar estudios, incrementándose en 3.000 euros en cada caso.

Reducción por obtención de rendimientos del trabajo

Con efectos a partir del 5 de julio de 2018, se incrementa la reducción de rendimientos del trabajo que resulta de aplicación a aquellos trabajadores que perciben rentas más bajas. En 2018 se incrementa la reducción vigente en la mitad de la diferencia de la nueva reducción menos la antigua.

Retribuciones en especie

La cuantía exenta de las fórmulas indirectas de prestación del servicio de comedor, tales como los vales de comida o cheques restaurante, se elevó a 11 euros diarios (antes 9 euros).

Gastos deducibles de los rendimientos netos de actividades económicas

Se incorpora a la normativa del Impuesto una regla objetiva para la deducibilidad de los gastos de suministros cuando la actividad se desarrolle en una parte de la vivienda habitual del empresario o profesional. Sobre la parte del gasto que corresponda a los metros cuadrados dedicados a la actividad en relación con los totales de la vivienda, se aplica el porcentaje del 30%.

Compensación base del ahorro

El saldo negativo de los rendimientos del capital mobiliario podrá ser compensado con el saldo positivo de ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones, con el máximo del 25% de este último.

Deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación

Existe la posibilidad de deducir el 30% del importe invertido en la suscripción de acciones o participaciones de empresas de nueva o reciente creación con una base máxima de deducción de 60.000 euros.

Deducción por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla

Esta reducción se incrementa hasta el 60% tanto para los contribuyentes residentes en Ceuta y Melilla como para los no residentes en dichos territorios que hubieran obtenido rentas en ellos.

Deducción por maternidad

Las mujeres con hijos menores de tres años con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes, que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, pueden minorar actualmente la cuota del Impuesto hasta en 1.200 euros anuales por cada hijo menor de 3 años.

La novedad estriba en que se podrán deducir 1.000 euros adicionales cuando el contribuyente que tenga derecho a la deducción hubiera satisfecho en el período impositivo gastos del hijo menor de 3 años en guarderías o centros de educación infantil autorizados.

Deducciones por familia numerosa o cónyuge discapacitado

Con efectos a partir del 5 de julio de 2018, para aquellos ascendientes que formen parte de una familia numerosa o ascendientes separados legalmente o sin vínculo matrimonial con dos hijos, la Ley regula una deducción de hasta 1.200 euros anuales (2.400 euros si se trata de familia numerosa de carácter especial).

Asimismo, se incluye la posibilidad de deducir por el contribuyente 1.200 euros anuales por su cónyuge no separado legalmente con discapacidad, siempre que este último no perciba rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros, ni genere el derecho a la aplicación de las deducciones por descendiente o ascendiente por discapacidad.

Obligación de declarar

Se exime de la obligación de presentar la declaración a aquellos contribuyentes que obtienen ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas de reducida cuantía, incluyendo a las ayudas públicas.
Los contribuyentes que perciban rendimientos del trabajo procedentes de más de un pagador no tendrán la obligación de declarar si no superan los 12.643 euros.

Deducción por unidades familiares con algún miembro residente en la UE

Se establece una deducción sobre la cuota a favor de aquellos contribuyentes cuyos restantes miembros de la unidad familiar residan en otro Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, lo que les impide presentar declaración conjunta.